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Anexo del AVA sobre el comité conjunto de implementación

En un Acuerdo Voluntario de Asociación (AVA), la UE y el país socio crean un comité conjunto de implementación una vez que ambas partes han ratificado el AVA. Un anexo sobre el comité conjunto de implementación describe la estructura y las funciones del comité.

En algunos casos, las partes del AVA han reconocido que las formalidades de la ratificación llevan tiempo y han creado un mecanismo provisional de monitoreo y coordinación como anticipo a establecer un comité conjunto de implementación.

En los AVA que no incluyen un anexo sobre un comité conjunto de implementación, la información referente al comité se encuentra en el texto principal.

Más información en la sección de AVA paso a paso dedicada a los comités conjuntos de implementación.